INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LX LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

ATENCIóN A GRUPOS VULNERABLES
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 7, 17, 18, 19, 21 y 22 de la Ley General de las Personas con Discapacidad.


Proponente: Peña Sánchez Miguel Ángel (PRD)
Fecha de presentación: 30-Abril-2008

  - Atención a Grupos Vulnerables
Establecer:
-que el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad deberá dar a conocer periódicamente los acuerdos que emita el Consejo Consultivo, a fin de que las dependencias en los tres niveles de gobierno los difundan, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoviendo los medios de comunicación apropiados para las personas con discapacidad y el libre acceso a los servicios gratuitos de tecnologías de información.
-que las autoridades podrán celebrar convenios con los sectores privado y social para que el uso y disfrute de los servicios deportivos y culturales sean a través de programas de acceso gratuito.
Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2010



Publicación en Gaceta: 11-Marzo-2008
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social.


Proponente: Matus Toledo Holly (PRD)
Fecha de presentación: 23-Octubre-2008

  - Atención a Grupos Vulnerables
Incluir como sujetos preferentes de la asistencia social a las niñas y adolescentes embarazadas producto de una violación y que no cuenten con el apoyo familiar y/o permanezcan en riesgo de violencia y abuso sexual.

Establecer que la atención integral para estos casos deberá realizarse en establecimientos especializados dispuestos por el organismo coordinador del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
Aprobada
con fecha 31-Marzo-2009



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2008
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada; de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; de la Ley General de Salud; de la Ley General de Educación; de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; de la Ley Federal de Protección al Consumidor; y de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal.


Proponente: Cruz Santiago Claudia Lilia (PRD)
Fecha de presentación: 4-Noviembre-2008

Unidas  - Justicia
- Atención a Grupos Vulnerables
Incorporar como delito a la pederastia y establecer los supuestos en los que se considerará como tal.

Precisar los casos equiparados.

Establecer:
-el procedimiento, las penas y multas correspondientes.
-las atribuciones y obligaciones que tendrán las Secretarías de Gobernación, de Educación Pública, de Salud, la Dirección General de Profesiones y el Ministerio Público en esta materia.
-la obligación del Estado de implementar diversas acciones para la prevención y protección de la salud e integridad física y psicológica de niñas, niños y adolescentes.
Aprobada
con fecha 23-Abril-2009



Publicación en Gaceta: 23-Octubre-2008
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Cruz Santiago Claudia Lilia (PRD)
Fecha de presentación: 11-Diciembre-2008

  - Atención a Grupos Vulnerables
Establecer que las normas aplicables a niñas, niños y adolescentes, tendrán como propósito fomentar sus capacidades y garantizar el respeto a la dignidad y el ejercicio pleno de sus derechos. Que el Estado en sus 3 órdenes de gobierno, tendrá la obligación de aplicar criterios, disposiciones, políticas, acciones y decisiones que busquen el beneficio del infante y del adolescente. Asimismo, que las instituciones de bienestar social, públicas y privadas, los tribunales, las autoridades administrativas y los órganos legislativos, en la actuación de sus atribuciones y funciones, deberán otorgar prioridad a los intereses de este sector de la población. Aprobada
con fecha 14-Abril-2009



Publicación en Gaceta: 11-Diciembre-2008